Por un período de 15 días hábiles se da publicidad en la web municipal de la proposición de modificación del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de acuerdo con el artículo 133.2 de la Lay 39/2015, de 1 de octubre con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar en el plazo señalado cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por estos u otras personas o entidades.