Categoría: Bandos
Suspensión temporal de clases 11 y 12 de enero
ANUNCIO
Por el Sr. Alcalde-Presidente, con fecha 10 de enero de 2021, se ha dictado la siguiente Resolución:
«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Ante la situación meteorológica por bajas temperaturas que estamos sufriendo y que vienen marcadas para estos próximos días, y puesto que los centros educativos tienen que estar ventilados con puertas y ventanas abiertas, con el fin de evitar y limitar la transmisión de los virus propios del COVID-19 e impedir las infecciones virales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.3 de la Lay 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:
PRIMERO.- Suspender temporalmente las clases en todos los centros educativos de infantil, primeria y secundaria los días 11 y 12 de enero de 2021.
SEGUNDO.- Suspender temporalmente los días 11 y 12 de enero de 2021 las clases de la EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS y PROJECTE ARC.
TERCERO.- Dar publicidad de la presente resolución en el tablón de anuncios, sede electrónica y lugares de costumbre.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, Juan José Castelló Molina, en la fecha de la firma electrónica.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
LA SECRETARIA
Carmen María Sánchez Velasco
Anuncio suspensión de actividades y cierre de parques e instalaciones municipales
ANUNCIO
Por el Sr. Alcalde-Presidente, con fecha 9 de enero de 2021, se ha dictado la siguiente RESOLUCION:
«RESOLUCIÓN de ALCALDÍA
PRIMERO.- En previsión de la evolución del COVID-19 se realiza propuesta de adopción de medidas organizativas internas y externas, con recomendaciones a aplicar por los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana para prevenir las consecuencias de la epidemia, siguiendo las instrucciones de la Resolución de 5 de enero de 2021 de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública.
SEGUNDO.- El objetivo de estas medidas de actuación preventiva es evitar y limitar la transmisión de los virus propios del COVID-19 e impedir las infecciones virales, protegiendo a los usuarios de las instalaciones.
TERCERO.- Considerando las competencias que me atribuye la legislación sectorial y de régimen local, así como la potestad de autoorganización municipal y la necesidad de adoptar medidas, dentro de las competencias locales, que aúnen la protección de la salud tanto de nuestros vecinos y vecinas.
RESUELVO
PRIMERO.- No autorizar la realización de ningún evento o actividad con concentración de personas: espectáculos públicos, actividades recreativas y socioculturales, exhibición de animales y celebraciones populares.
SEGUNDO.- Se suspenden las competiciones de equipos, tanto federados como no, para las categorías prebenjamín, benjamín o alevín. (Nacidos del año 2009 al 2014).
TERCERO.- Suspender las actividades juveniles:
- AGOST JOVE
CUARTO.- Se ordena el cierre de las siguientes instalaciones municipales:
- PARQUE EMILIO PAYÁ
- PARQUE MORELLÓ
- AUDITORIO MUNICIPAL
- POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
- REFUGIO DEL PARQUE MUNICIPAL EL RUGLÓ
- PARQUE MUNICIPAL DEL RUGLÓ
- PARQUE CONCEPCIÓN VICEDO
QUINTO.- Establecer todas estas medidas hasta nuevo aviso, en función de la evolución del problema de salud pública y de conformidad con las decisiones que se vayan tomando desde el Gobierno Central o la Comunidad Autónoma.
SEXTO.- Publicar en tablón de anuncios y sede electrónica.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente y yo la Secretaria-Interventora doy fe.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
LA SECRETARIA
Carmen María Sánchez Velasco
PROPUESTA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PISCINAS Y POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
ANUNCIO
PROPUESTA MODIFIACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PISCINAS Y POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
Se propone la modificación de la Ordenanza Municipal fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicios de Piscinas y Polideportivo Municipal publicada en el BOP n.º 184 de 25/09/2018.
Esta modificación afecta a la cuota tributaria (piscina de verano) de la entrada diaria, a los bonos de la piscina que pasarán a ser nominativos, al máximo de alumnos para una Escuela Deportiva que pasará a ser un máximo de 30 alumnos y a los derechos de matricula de la Escuela de Verano que pasarán a ser de 50 euros.
La modificación de la Ordenanza surge por la necesidad de adecuar la tasa por la Prestación de Servicios de Piscinas y Polideportivo Municipal, en lo posible a los costes que genera el servicio y a una mejora en la gestión del tributo.
Por todo ello, se propone la siguiente modificación de la Ordenanza:
1) Modificar el artículo 6 referido a la cuota tributaria que quedaría de la siguiente forma:
“Artículo 6. Cuota tributaria
La cuota tributaria será la que resulte de la aplicación de la siguiente tarifa.
Las tarifas de este precio público serán:
1) Piscina de verano
A) Entrada diaria
a) Menores hasta 5 años ………….. ….Exentos
b) Pensionistas por jubilación……….. Exentos
c) Desde 6 años a 16 años…………….. 3 euros diarios
d) Desde 17 años…………………………6 euros diarios
B) Bonos nominativos
…
6) Escuela Deportiva Municipal
…
Para la puesta en marcha de una Escuela Deportiva se requerirá un mínimo de 6 y máximo de 30 alumnos por grupo.
7) Escuela de verano
…
Derechos de Matricula por curso: 50 euros”
2) Modificar el artículo 10 referido al régimen de declaración e ingreso en su apartado 2 con el fin de suprimir la frase “Tendrá la consideración de abonados los vecinos empadronados en Agost”, que quedará de la siguiente forma:
Artículo 10. Régimen de declaración e ingreso.
…
2. Los sujetos pasivos realizarán el ingreso de esta Tasa en la Tesorería Municipal, Entidad colaboradora o Dependencias donde se preste el servicio que señale la Corporación.
…”
2) Modificar la Disposición Final referido a la fecha de aprobación y vigencia para incluir el siguiente párrafo:
“Esta Ordenanza fue modificada por acuerdo plenario de fecha ______________, entrando en vigor y siendo de aplicación dicha modificación a partir del día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta su modificación o derogación expresa.”
Lo que se propone para que proceda a la tramitación del expediente dando trámite de audiencia de acuerdo con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por un plazo de 20 días hábiles mediante publicación de anuncio en la web municipal (sede electrónica).
BANDO / EDICTE
BANDO
DON JUAN JOSÉ CASTELLÓ MOLINA, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE AGOST (ALICANTE)
HACE SABER:
Que con motivos de las próximax Elecciones Generales a Cortes Generales el 10 de noviembre, se van a exponer al público las listas del Censo Electoral de electores con derecho a voto.
El plazo será del 30 de septiembre al 7 de octubre, inclusive.
La Consulta se realizará por medios informáticos en las Oficinas del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14, previa identificación del interesado mediante D.N.I., Pasaporte, Permiso de Conducir.
Se recuerda la importancia que tienen las consultas de estas listas para poder ejercer el derecho al voto, y en especial para aquellas personas que no están empadronadas, que han cumplido 18 años después de las últimas Elecciones y los que han cambiado de domicilio recientemente.
Agost, a 26 de septiembre de 2019
EL ALCALDE
EDICTE
EL SENYOR JUAN JOSÉ CASTELLÓ MOLINA, ALCALDE DE L’ AJUNTAMENT D’AGOST (ALACANT)
FA SABER:
Que amb motiu de les pròximes Elecciones a Corts Generals el 10 de novembre, es van a exposar al públic les llistes del Cens Electoral d’electors amb dret a vot.
El termini serà del 30 de setembre al 7 d’octubre, inclusivament.
La Consulta es realitzarà per mitjans informàtics en les Oficines de l’ Ajuntament, en horari de 9 a 14, previa identificació de l’ interessat per mitjà de D.N.I., Passaport, Permís de Conduir.
Es recorda la importància que tenen les consultes d’estes llistes per a poder exercir el dret al vot, i en especial per a aquelles persones que no estan empadronades, que han complit 18 anys després de les últimes Eleccions i els que han canviat de domicili recentment.
Agost, a 26 de setembre de 2019
L’ALCALDE
BANDO: Normas sobre la instalación de dispositivos para ahuyentar pájaros
BANDO
LUIS VICENTE CASTELLÓ VICEDO
ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE AGOST (ALICANTE)
HACE SABER
Que la vigente Ordenanza Municipal reguladora del mantenimiento de las parcelas en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público del término municipal de Agost, publicada en el BOP de Alicante núm. 10 de 15/01/2018, en su artículo 7.4) establece las siguientes «NORMAS SOBRE LA INSTALACIÓN DE DISPOSITIVOS PARA AHUYENTEAR PÁJAROS»;
En las fincas rústicas del término municipal de Agost podrán instalarse dispositivos para ahuyentar aves. En la medida en que el funcionamiento de estos dispositivos pueda producir un impacto acústico, su colocación se sujetará a las siguientes normas:
a) Se utilizarán exclusivamente en:
- HORARIO DE INVIERNO: de 8:00 de la mañana a 20:00 de la tarde
- HORARIO DE VERANO: de 7:00 de la mañana a 22:00 de la tarde
b) La frecuencia de disparo no podrá ser inferior a cinco minutos.
c) Se procurará ubicar la instalación lo más alejado posible de las viviendas existentes en parcelas colindantes.
d) Estos dispositivos se orientarán en sentido contrario al de las viviendas más cercanas al objeto de minimizar el impacto sonoro.
En caso de inclumplimiento de estos horarios se procederá por parte la Policía Local a la desconexión de dichos mecanismos y se procederá a aplicar la mencionada Ordenanza en lo referente a su artículo 24 sobre infracciones siguiendo el procedimiento sancionador establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administratciones Públicas.
Lo que se le recuerda al vecindario en general para su obligado cumplimiento.
Agost, a 2 de julio de 2018
EL ALCALDE
Bando Elecciones 26 junio 2016
Ajuntament d’Agost
BANDO
DON JUAN CUENCA ANTÓN, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE AGOST (ALICANTE)
HACE SABER:
Que con motivo de las próximas Elecciones Generales el 26 de junio, se van a exponer al público las listas del Censo Electoral de electores con derecho a voto.
El plazo será del 9 al 16 de mayo, inclusive.
La consulta se realizará por medios informáticos en las Oficinas del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14, previa identificación del interesado mediante D.N.I., Pasaporte, Permiso de Conducir.
Los electores que puedan participar en estas elecciones son:
- Electores españoles residentes en el municipio (CER)
- Electores españoles residentes ausentes (CERA)
Se recuerda la importancia que tienen las consultas de estas listas para poder ejercer el derecho al voto, y en especial para aquellas personas que no están empadronadas, que han cumplido 18 años después de las últimas Elecciones y los que han cambiado de domicilio recientemente.
Agost, a 4 de mayo de 2016
El ALCALDE
Bando Maniobras mes mayo Campo Tiro
Ajuntament d’Agost
BANDO
DON JUAN CUENCA ANTÓN ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE AGOST
HACE SABER:
Que durante el mes de MAYO se van a llevar a cabo ejercicios de tiro real y explosivos en el Campo de Maniobras de la Partida Chacón, por el acuartelamiento «Alférez Rojas Navarrete» de Alicante.
Lo que se hace público para conocimiento de excursionistas, cazadores, pastores, agricultores y vecinos en general, recordándoles la peligrosidad de entrar dentro del perimetro del campo de maniobras y tiro, el cual está vallado a fin de delimitar la propiedad y evitar posibles accidentes.
Agost, a 2 de mayo de 2016
EL ALCALDE